El profesor, autoridad con matices

Los expertos en Derecho Penal sostienen que la ley vigente permite condenar como atentados las agresiones a maestros, pero sólo de los centros públicos


Oviedo, Pablo GONZÁLEZ
La condena de una menor en Las Palmas de Gran Canaria por agredir a su profesora, basándose en el precepto de atentado a un funcionario público, y la ley de Autoridad Pública del Profesor, aprobada en la Comunidad de Madrid, han abierto un intenso debate jurídico-político sobre la figura del maestro. Si la presidenta madrileña Esperanza Aguirre (PP) quiere dotar a los profesores de la región de una coraza judicial para devolverles parte del poder perdido ante sus pupilos a base de tratarles jurídicamente como una autoridad, la sentencia del tribunal canario pone sobre la mesa una posibilidad del Código Penal poco explotada por los profesionales de la Justicia: considerar las agresiones en las aulas como atentado contra un funcionario público.

«Lo incomprensible es que hasta ahora no se haya hecho así. En este punto la ley está clara», señala el abogado ovetense Fernando de Barutell. Esta vía, la del artículo 550 (ser reo de atentar contra la autoridad, sus agentes o funcionarios públicos), poco utilizada hasta el momento, supone a grandes rasgos que lo que antes se quedaba en un simple juicio de faltas por agredir a un profesor (las condenas dependen del grado de las lesiones causadas) se convierta ahora en un acto que puede ser castigado con entre uno y tres años de cárcel, a lo que habría que sumar la condena resultante del delito de lesiones.

«Es lícito y correcto», asegura Javier Gustavo Fernández Teruelo, profesor de Derecho Penal de la Universidad de Oviedo, quien añade: «El problema es que históricamente se ha aplicado el concepto de autoridad de forma restrictiva. Va en contra de la tradición de los últimos años». Fernández Teruelo se refiere a que hasta no hace mucho los magistrados entendían como atentado a la autoridad aquellas agresiones sobre funcionarios que se encuentran en primera línea (jueces, fiscales, policías y políticos). En éstos casos la condena es de dos a cuatro años.

La tradición comenzó a cambiar a finales de 2008 cuando la Fiscalía General del Estado envió un circular a los fiscales provinciales aclarando que las agresiones a los funcionarios públicos (en este caso refiriéndose a los profesores y médicos) pueden ser consideradas como atentados. «De ahí que en este caso se impute (a la joven canaria) un delito de atentado en lugar de uno de faltas», asegura Fernández Teruelo, para aclarar: «No ha cambiado la norma, pero sí la interpretación, porque antes no era normal que un médico o un profesor sufrieran agresiones». Y siempre sobre la base de que el profesor y el médico trabajan para los servicios públicos, por lo que los trabajadores de centros privados y concertados no podrían acogerse a la norma. Pero esta circular no obliga a los jueces a actuar del mismo modo. Por eso este estudioso del Derecho Penal teme que en los próximos «dos o tres años» se produzcan «sentencias contradictorias hasta que intervenga el Tribunal Supremo y unifique criterios. Pero seguro que iremos viendo más sentencias de este tipo».

Lo que no cabe en ningún caso es conferir al profesor rango de autoridad porque «a efectos penales no lo es», aclara Luis Roca Agapito. Este doctor en Derecho Penal y profesor de la Universidad de Oviedo basa su afirmación en la letra del artículo 24 del Código Penal, que aclara qué es y qué no es autoridad. Para la justicia española, y a efectos penales (artículo 24), se entiende que autoridad es aquel que «(...) por sí solo o como miembro de alguna corporación, tribunal u órgano colegiado tenga mando o ejerza jurisdicción propia (...)». A éstos hay que sumarles a los diputados nacionales y regionales, senadores, fiscales y eurodiputados. «El profesor no tiene éstas características», apunta Roca Agapito. Así que para poder considerar autoridad con todas las letras al profesor «habría que modificar la ley».

Una posibilidad que abogados penalistas como Juan Carlos Fernández González o Fernando de Barutell no consideran necesaria. «Hay leyes suficientes», coinciden. Para Fernández González «no es malo» que se considere atentado agredir a un profesor, «lo malo es lo que está pasando. En este país se sufre de hemorragia legislativa. Cada cosa que pasa acaba en una nueva ley, decreto o normativa. En cuestión de horas queda desfasada una norma que había sido dictada poco antes».

«Se legisla a golpe de titular», tercia De Barutell. «En este caso lo que el legislador intenta es pasarle la pelota a la Justicia para que los jueces arreglen un problema en el que hace falta un consenso político, ajeno al tema penal, para cambiar las directrices de la educación», afirma el letrado. «Habrá sentencias más duras, pero el problema seguirá intacto», asegura. Fernández González apoya esta tesis. «Debe haber una reflexión política sobre si se da o no más poder a los profesores», sentencia este letrado.

Este artículo le podíamos leer hoy en el periodico asturiano: La Nueva España

Comentarios

Entradas populares